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De acuerdo a disposiciones del Banco Central, la documentación mínima requerida para operar en el mercado es la siguiente:

Para argentinos

» De toda edad

Documento Nacional de Identidad (D.N.I.)

» Hasta tanto no obtengan su D.N.I.

Libreta de Enrolamiento

Libreta Cívica

Para extranjeros

» Radicados antes del 1.1.68.

Documento Nacional de Identidad. Extranjeros.

Cédula de Identidad de la Policía Federal.

Cédula de Identidad de las Direcciones y Registro Civiles y/o del Estado de la Capacidad de las personas.

Cédula de identidad expedida por las policías provinciales.

» Radicados a partir del 1.1.70.

Documento Nacional de Identidad. Extranjeros.

» Ingresados al país con carácter permanente o temporario, con plazo de permanencia mayor de tres meses y aun no radicados.

Pasaporte país limítrofe.

Cédula de identidad otorgada por autoridad competente de los respectivos países limítrofes.

» Con menos de tres meses de permanencia en el país.

Permiso de ingreso a la República, otorgado por la Dirección Nacional de Migraciones o por funcionario consular argentino.

Pasaporte visado por autoridad consular argentina, salvo que convenios suscriptos por la República lo eximan de ello.

Tarjeta individual, expedida por la Dirección Nacional de Migraciones.

Cédula de identidad o cualquier otro documento identificatorio otorgado por autoridad competente de los respectivos países limítrofes.

» Funcionarios internacionales

Documento de identificaciones correspondientes otorgados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

» Representantes y funcionarios diplomáticos.

Documento de identificaciones correspondientes otorgados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Para nacidos en las Islas Malvinas.

Documento Nacional de Identidad.

Certificado provisorio instituido por la Declaración conjunta argentino – británica del 1.7.71 y reconocido por la Ley 19.259.

Pasaporte británico.

Pasaporte otorgado por alguno de los países integrantes de la Unión Europea.

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Para operaciones que superen montos de $ 29.000.- mensuales o $50.000.- trimestrales, los requisitos son los que se indican en los siguientes formularios.

∴ Personas Físicas (PDF)
∴ Personas Jurídicas (PDF)

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

DIVISAS COMPRA VENTA VER
 Dolar3.92503.9850 Seguimiento Semanal
 Euro4.90005.1500 Seguimiento Semanal
 Real2.14002.3000 Seguimiento Semanal
 Libra6.05006.5300 Seguimiento Semanal
 Franco3.80114.0186 Seguimiento Semanal
 Chilenos0.00710.0088 Seguimiento Semanal
 Guaranies0.00080.0009 Seguimiento Semanal
 Uruguayos0.17700.2100 Seguimiento Semanal
 Australiano3.50903.7220 Seguimiento Semanal
 Canadiense3.67783.8935 Seguimiento Semanal
 Mexicano0.29550.3160 Seguimiento Semanal
 Oro157.0000174.0000 Seguimiento Semanal
 Yen0.03900.0556 Seguimiento Semanal